La documentación para votar por correo comienza a llegar a los hogares solicitantes
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Oficina de Correos en Daimiel
20 Mayo 2024

La Oficina de Censo Electoral arranca este lunes 20 de mayo con el envío a domicilio de la documentación necesaria para votar por correo el 9-J. Lo hará para aquellas personas que así lo hayan solicitado antes del 30 de mayo, fecha máxima para formular la solicitud.

Daimiel Noticias.- La documentación para votar por correo el próximo 9 de junio comienza a repartirse. La Oficina de Censo Electoral arranca este lunes 20 de mayo con el envío a domicilio de la documentación necesaria a todos aquellos que lo hayan solicitado o lo vayan a hacer antes del 30 de mayo.

Esta incluye las papeletas electorales, sobres para la votación, un certificado de la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral y un sobre con la dirección de la Mesa Electoral correspondiente.

La recepción de esta documentación debe ser firmada personalmente por el destinatario, quien debe acreditar su identidad con los documentos mencionados. En caso de no estar presente en el momento de la entrega, el elector deberá recoger el paquete en la oficina de Correos correspondiente o autorizar a otra persona para hacerlo en su nombre.

Una vez recibida la documentación, el votante debe seleccionar la papeleta de su preferencia, introducirla en el sobre de votación y cerrarlo. Este sobre, junto con el certificado, debe ser introducido en un sobre final dirigido a la Mesa Electoral.

El último día para enviar el voto por correo certificado es el 6 de junio y se puede entregar en cualquier oficina de Correos de España. Será esta la que se encargará de entregar estos votos a las mesas electorales el día de las elecciones.

Se trata de la opción para todos aquellos que no puedan asistir a los colegios electorales el próximo 9 de junio. Fecha en las que los ciudadanos acudirán a las urnas para renovar los 720 escaños del Parlamento Europeo.

Voto desde el extranjero

Los ciudadanos españoles que residen temporalmente en el extranjero pueden participar en las elecciones mediante el voto ERTA, siempre que estén inscritos para votar en España. Deberán enviar su voto por correo certificado antes del 5 de junio.

Para los españoles que viven permanentemente en el extranjero (voto CERA), los materiales electorales serán enviados a la dirección registrada en el Censo de Electores Residentes Ausentes. Estos ciudadanos pueden votar en persona en la embajada o consulado entre el 1 y el 6 de junio, o enviar su voto por correo certificado antes del 4 de junio.

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